La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), declaró la nulidad absoluta y carencia de efectos jurídicos de la designación hecha por la Asamblea Nacional de miembros de la Junta Directiva de Petróleos de Venezuela (Pdvsa), sus filiales y empresas mixtas, “por colidir abiertamente con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por subsumirse en lo dispuesto en el artículo 138 de la Carta Magna vigente, al darse la usurpación de atribuciones del Presidente Constitucional de la República… , incurriendo en una intervención de la empresa del Estado de rango constitucional, a la cual está reservada la industria, producción y comercialización de la actividad petrolera”, según señaló en una nota publicada un su portal web.
El segundo vicepresidente del TSJ y presidente de la Sala Constitucional, magistrado Juan José Mendoza Jover, ratifica en su ponencia, que “las actuaciones ejecutadas por la Asamblea Nacional en desacato, de autoridades de la Junta Directiva de Pdvsa y de algunas empresas filiales son nulas de nulidad absoluta y quienes aparezcan allí mencionados incurren en delitos de usurpación de funciones, entre otros”.
En ese sentido, la Sala Constitucional señaló que “conforme al ordenamiento jurídico del país, las personas legitimadas para dirigir Pdvsa, representarla y suscribir compromisos frente a terceros, como empresa mercantil con rango constitucional son: Manuel Quevedo, presidente de Pdvsa; Miguel José Quintana, vicepresidente encargado de Exploración y Producción y director interno; Rodolfo Jiménez Jiménez, vicepresidente de Refinación y director interno; José Alejandro Rojas, vicepresidente de Comercio y Suministro y director interno; Fernando De Quintal, vicepresidente de Finanzas y director interno; Nemrod Contreras, vicepresidente de Gas y director interno; Marcos Rojas, vicepresidente de Asuntos Internacionales y director interno; Yurbis Gómez, directora externa; Ricardo León, director externo; Wils Rangel, director externo; Simón Zerpa, director externo; Ricardo Menéndez, director externo; y Tareck El Aissami, director externo”.
Asimismo, la Sala Constitucional solicitó al Ministerio Público que se inicien las investigaciones correspondientes a todas las personas que han aceptado designaciones declaradas nulas, y exhortó a la Sala de Casación Penal del TSJ para que inicie los trámites correspondientes para el traslado al territorio nacional de los ciudadanos nombrados que se encuentren fuera del país, a los fines de su enjuiciamiento penal, con actuación del Ministerio Público.
Medidas cautelares
Otras de las medidas cautelares decretadas por el TSJ son:
• Prohibición de designación de cualquier persona para el ejercicio de funciones gerenciales, operativas, y/o administrativas, independientemente de donde se encuentre domiciliada, residenciada o en tránsito, así como prohibición de designación de cualquier persona para el ejercicio de representación legal, judicial, y extrajudicial de Pdvsa, sus filiales y empresas mixtas, salvo que las mismas emanen de la directiva legítima de Pdvsa.
• Prohibición de enajenar y gravar bienes en el territorio venezolano a todos aquellos ciudadanos que sean designados inconstitucional e ilegalmente para la representación legal, judicial y extrajudicial ad hoc de Pdvsa.
• Prohibición de uso, ocupación y movilidad de todos aquellos bienes muebles e inmuebles (naves y aeronaves), propiedad de terceros y afectos a la industria de hidrocarburos, líquidos y gaseosos sin la autorización de la directiva de Pdvsa.
• Bloqueo, inmovilización de cuentas bancarias, y de cualquier otro instrumento financiero de Pdvsa para todos aquellos ciudadanos que sean designados inconstitucional e ilegalmente
• Prohibición de ordenar pagos para extinguir obligaciones de Pdvsa a todos aquellos ciudadanos que sean designados inconstitucional e ilegalmente.
• Prohibición de actuar en cualquier instancia, organismo y foro internacional a toda persona venezolana o extranjera designados inconstitucional e ilegalmente
• Prohibición de negociar, suscribir y adoptar decisiones que incidan en el giro comercial y operacional, comprometiendo el patrimonio e intereses de Pdvsa, a toda persona venezolana o extranjera designados inconstitucional e ilegalmente.
El TSJ instó al Poder Ejecutivo Nacional y a Pdvsa a tomar las medidas necesarias a nivel nacional e internacional para la protección de la actividad petrolera y exhortó a todas las autoridades públicas a nivel nacional a reforzar la seguridad en instalaciones y equipos de Pdvsa, filiales y empresas mixtas y prohíbe la protocolización de todas aquellas actas de las falsas juntas directivas ad hoc de Pdvsa, sus filiales y empresas mixtas.
La Sala Constitucional ordenó difundir está sentencia internacionalmente, a través del Ministerio del Poder Popular de Relaciones Exteriores, de las distintas embajadas y representaciones diplomáticas acreditadas por la República Bolivariana de Venezuela.
Por otro lado, el máximo tribunal venezolano también declaró la nulidad absoluta y carencia de efectos jurídicos de la designación del ciudadano José Ignacio Hernández como procurador especial que hizo la AN para atender en el exterior los asuntos relacionados con la actividad de la industria petrolera venezolana, por considerar que dicha designación “usurpa la atribución exclusiva que tiene el Presidente de PDVSA como representante legal, así como la Asamblea de Accionistas que es a quien corresponde designar su representante judicial”.
http://www.tsj.gob.ve/-/tsj-ratifico-nulidad-de-designacion-de-junta-dir...
PUBLICADO: 15 de abril de 2019