A partir del 1 de enero de 2020 entró en vigencia la resolución No. 119 del Ministerio de Petróleo de Venezuela la cual establece cambios en los precios de liquidación de la regalía, que pagan PDVSA y empresas mixtas, para atender normas ambientales establecidas mundialmente para limitar el contenido de combustibles principalmente utilizados en el transporte marítimo.
“Estas disposiciones representan un cambio estructural que afectará el comercio internacional de los hidrocarburos líquidos”, señala uno de los considerandos de la resolución emitida por este despacho, la cual establece diferentes fórmulas de acuerdo al tipo de crudo y al destino que tengan en función del mercado que se atienda en Norteamérica, el Caribe, Europa o Asia.
En el caso de los tipos de crudos, la resolución hace referencia desde los más livianos que se producen en Venezuela, como el Santa Bárbara en el occidente del país con un nivel de gravedad igual o mayor a 37 grados API o el Mesa 30 en el oriente con gravedad entre 25 y 37 grados API; luego están crudos medianos y pesados como el Boscán y Merey 16, el primero entre 10 y 14 grados API y el segundo entre 14 y 25 grados API. Finalmente se señalan los crudos extrapesados con una densidad o gravedad inferior a 10 grados API.
La resolución deroga la que existía desde enero de 2007 y otorga un plazo de 90 días, que vencen a fines de marzo para que las empresas operadoras, que incluye a Petróleos de Venezuela y socios extranjeros en compañías mixtas para que ajusten sus contratos de venta.
PUBLICADO: 12 de enero de 2020