El Mundo de la Energía
Martes 10 Febrero 2026 11:53:34 PM

OFAC impone compra de bienes y servicios de EE.UU. para autorizar exploración y producción en Venezuela

Las empresas que se acojan a la Licencia General Nº 48 deben presentar un informe que detalle cada transacción (Foto PDVSA) 

La Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro (OFAC) emitió la Licencia General Nº 48 que autoriza a empresas estadounidenses a mantener relaciones comerciales con el Gobierno venezolano y la estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA) vinculadas con la contratación de bienes y servicios vinculados a la exploración y la producción de crudo y gas natural.
“La LG Nº 48 autoriza el suministro de artículos y servicios que sean habitualmente incidentales y necesario para el suministro desde los Estados Unidos o por una empresa estadunidense de bienes, tecnología, software o servicios para la exploración, desarrollo o la producción de petróleo o gas en Venezuela”, indica la norma.
La licencia impone que cualquier pago monetario a favor algún organismo del Estado venezolano o de PDVSA, con excepción de impuestos, permisos o tasas locales, se deberá realizar en los Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros, que fueron creados por el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, y abierto en Catar.
La OFAC también impone que cualquier contrato con un organismo público venezolano o PDVSA se regirá por las leyes de los Estados Unidos o de cualquier región del territorio estadounidense y prohíbe cualquier transacción que involucre a empresas de Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba y China, bien sea directamente o a través de las empresas mixtas en las que tienen sociedad con la petrolera venezolana.
En la autorización, la OFAC orden que toda empresa que se acoja a esta licencia deberá presentar un informe detallado que identifique cada una de estas transacciones y señale las partes involucradas; los bienes, la tecnología, el software, los servicios involucrados, incluyendo cantidades y valores; fechas en que se realizaron las transacciones; y cualquier impuesto, tasa u otro pago realizado al Gobierno de Venezuela.
“Los informes deben presentarse diez días después de la ejecución de la primera de dichas transacciones y cada 90 días a partir de entonces mientras dichas transacciones estén en curso”, puntualiza la autorización.

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PUBLICADO: 10 de febrero de 2026
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